Opinión: Punto de referencia. EL GLIFOSATO

 
De acuerdo con el artículo 2 de la Constitución, las autoridades han sido instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades. En el primer lugar de este objeto se encuentra la vida humana, que el artículo 11 de la misma Constitución considera un derecho inviolable. También deben salvaguardar la salud, que es derecho fundamental, como lo ha sostenido la Corte Constitucional y hoy lo reconoce la ley estatutaria.
 
El artículo 49 de la Constitución señala que la atención de la salud y el saneamiento ambiental son funciones y servicios públicos a cargo del Estado, y que se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
 
La Carta Política, en su artículo 79, señala perentoriamente que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente. Según el 80, el Estado deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, y debe proteger los recursos naturales.
 
Si todo esto es así, y si un organismo internacional como la Organización Mundial de la Salud ha conceptuado que el herbicida denominado Glifosato puede causar cáncer en los seres humanos y si además ocasiona daños en las plantas y en los animales, lo más prudente, como con razón lo ha dicho el Ministro de Salud, es suspender las aspersiones que se vienen aplicando sobre cultivos ilícitos, y pensar en otras modalidades de acción al respecto que no vayan en detrimento de la salud y la vida de las personas, y que no ataquen tampoco los cultivos lícitos ni a los animales.
 
El Ministro ha actuado con esa prudencia y en cumplimiento de sus deberes constitucionales. No tienen la razón quienes insisten en seguir tercamente con unas aspersiones  altamente riesgosas, pese a la advertencia científica y a la solicitud de muchos campesinos y agricultores de extensas zonas del territorio nacional.
 
Modificado por última vez en Lunes, 04 Mayo 2015 16:19
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.