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Certidumbres e inquietudes: OPORTUNOS INTERROGANTES. José Gregorio Hernández Galindo Destacado

21 Jul 2026
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No es de poca importancia el compromiso que contrae quien, al nacionalizarse en los Estados Unidos, presta juramento. Basta conocer el texto del juramento: “Por la presente, declaro, bajo juramento, que renuncio absoluta y completamente a toda lealtad y fidelidad hacia cualquier príncipe extranjero, potentado, Estado o soberanía de la cual anteriormente haya sido súbdito o ciudadano; que apoyaré y defenderé la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América contra todos los enemigos, tanto extranjeros como domésticos; que mantendré una fe verdadera y lealtad hacia lo mismo; que portaré armas en nombre de los Estados Unidos cuando lo requiera la ley; que realizaré servicio no combatiente en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos cuando lo exija la ley; que realizaré trabajos de importancia nacional bajo dirección civil cuando lo requiera la ley; y que asumo esta obligación libremente, sin ninguna reserva mental o propósito de evasión; así me ayude Dios”.

Pero, desde luego, no es menos obligatorio el juramento de quien asume como presidente de la República de Colombia.

Caben inquietudes, para el caso del presidente electo de Colombia, quien, al tomar la nacionalidad estadounidense, prestó ese juramento ante la Constitución y leyes de los Estados Unidos y, ahora, al posesionarse, ante el Congreso colombiano el próximo 7 de agosto, se le tomará juramento, a la luz de las normas constitucionales colombianas.

Es de subrayar, en cuanto al juramento ante Estados Unidos, el compromiso siguiente: “…declaro, bajo juramento, que renuncio absoluta y completamente a toda lealtad y fidelidad hacia cualquier (…) Estado o soberanía de la cual haya sido súbdito o ciudadano…” (¿Colombia, en este caso?)

El artículo 188 de la Constitución colombiana dice: “El presidente de la República simboliza la unidad nacional y al jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos”.

El 192, al que está obligado el nuevo gobernante, señala: “El presidente de la República tomará posesión de su destino ante el Congreso, y prestará juramento en estos términos: "Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia".

Si por cualquier motivo el presidente de la República no pudiere tomar posesión ante el Congreso, lo hará ante la Corte Suprema de Justicia o, en defecto de ésta, ante dos testigos”.

Ciudadanos colombianos y también norteamericanos se están preguntando: ¿Cuál de los dos juramentos será cumplido?

También hay otro punto: si, ante Estados Unidos, el presidente electo juró renunciar “a toda lealtad y fidelidad” hacia “cualquier Estado o soberanía de la cual haya sido súbdito o ciudadano”, comentaristas y abogados de ambos países muestran inquietud: “¿Se obligó a ser desleal e infiel respecto a Colombia, de la cual, al presar el juramento, era nacional y ciudadano? ¿O será desleal e infiel frente a los intereses estadounidenses?

Muchos, en los dos países, interrogan: si, ante el Congreso colombiano, el elegido jurará “cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia”, ¿ante cualquier conflicto mayor o menor, entre los dos Estados, a cuál de ellos le será leal, fiel y cumplirá su Constitución y sus leyes?

Son preguntas quizá ingenuas e inocentes, pero son oportunas y merecen respuesta.

 
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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