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Punto de Referencia: EL REFERENDO. Por José Gregorio Hernández Galindo Destacado

20 Sep 2017
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Hemos sostenido -al parecer el Gobierno ha terminado por entenderlo -que el camino para introducir necesarias reformas al sistema de administración de justicia  no puede ser el del "Fast track", reservado exclusivamente para la implementación del Acuerdo de Paz.  Y que tampoco debe confiarse al Congreso,  dados los intereses políticos y judiciales cruzados que hay de por medio,  y los antecedentes de inexequibilidad sobre la Comisión de Aforados.

 

Ahora el Ejecutivo se dispone a tramitar la convocatoria a un referendo para que sea por esa vía que se apruebe la reforma a la justicia.

 

Al respecto caben varias anotaciones:

 

  • -Para convocar el referendo se requiere, de todas maneras, pasar por el Congreso. Se convoca por ley, según el artículo 378 de la Constitución, y entonces caben las mismas observaciones referentes al trámite directo en la rama legislativa.

 

  • -Igualmente, debe pronunciarse la Corte Constitucional, y por tanto no se descarta que esa corporación considere que, en todo caso, se proyecta una sustitución de la Constitución, y declare la inconstitucionalidad, como lo hizo ya respecto a la Comisión de Aforados y en el caso del referendo reeleccionista de 2009.

 

  • -La Carta exige un umbral, de la cuarta parte del censo electoral, y no es probable que se supere. Debe recordarse el caso del referendo convocado en 2002 por el ex presidente Álvaro Uribe. De 15 preguntas solamente una -la primera- pasó el umbral, que era de 6 millones de votos, mucho menor del actual. Si el censo es de casi 35 millones, el umbral (25%) es de 8.750.000 votos. Para el plebiscito del 2 de octubre del año pasado solamente votaron algo así como 6.500.000 ciudadanos. Y en materia de referendo, para disminuir el umbral se requeriría, ya no una ley estatutaria como se hizo con el plebiscito, sino una reforma constitucional.

 

  • -De otro lado, si el Gobierno no respetó los resultados del plebiscito, nada nos asegura que respete los del referendo

 

  • Seguimos pensando que se requiere convocar una asamblea constituyente; no improvisar e introducir,e n materia de justicia, una reforma integral, coherente y seria.

 

Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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