Todo indica que la familia de Ramón Cabrales, quien estuvo varios meses secuestrado por el ELN, pagó por su liberación. Quizá no la suma exigida inicialmente por los delincuentes -tres millones de dólares- pero sí se pagó. Esto significa que, además de la probada extorsión, la decisión de dejar libre al plagiado no fue una acto humanitario, como erróneamente lo entendió el gobierno, sino el resultado del delito. La satisfacción de las criminales aspiraciones de la organización armada, y no un supuesto gesto de paz con miras al diálogo.
Digamos inicialmente que en los últimos años tanto las Farc como el ELN han devuelto a personas secuestradas, no sin gigantescos espectáculos auspiciados por los medios, presentando las liberaciones como actos generosos y humanitarios dignos de elogio y reconocimiento. Eso no es así. Los grupos armados no están mostrando su generosidad en tales casos, ni merecen por ello el agradecimiento ni el elogio de la sociedad. La libertad de los secuestrados es su obligación. No han debido secuestrar. No han debido extorsionar. No han debido incurrir en un delito que implica grave agresión contra las personas y las familias, violación flagrante de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario.
Por otro lado, se equivoca el Ministro del Interior al sostener que la familia tendrá problemas de orden legal o penal por haber pagado a los secuestradores. La Corte Constitucional, desde 1993, declaró inexequible una norma de la Ley 40 que sancionaba como delito el pago de los secuestros. Esa decisión hizo tránsito a cosa juzgada constitucional, y ninguna autoridad puede incluir nuevamente esa disposición en el ordenamiento jurídico. La familia no comete delito. La familia, como el secuestrado, son las víctimas.
A la familia no se las puede censurar por hacer lo único que podía hacer para recuperar la libertad de su ser querido. No tratemos las cosas al contrario. No hagamos de nuevo víctimas a las víctimas del crimen atroz en que consiste el secuestro.