En lugar de la controversia sosegada y pacífica sobre los imperativos, necesidades y urgencias de la colectividad, en materia política, jurídica, social, económica o ecológica, se adelantan y ponen en práctica conductas irregulares de bloqueo y obstrucción. En vez del trámite de proyectos, discusiones y debates, mediante la respetuosa controversia, la cooperación, el diálogo y la concertación, para atender los asuntos de mayor urgencia y trascendencia nacional, predomina la irracionalidad, manifestada en medios de comunicación, en redes sociales, en discursos, en acusaciones y denuncias.
El poder público estatal -en sus distintas ramas-, si se trata de una genuina organización democrática y sometida al Derecho, no se debería ejercer para beneficio, ventaja o fines electorales de un partido o corriente, sino para alcanzar las finalidades que quiere y debería cristalizar la sociedad en su conjunto.
Lo describe el preámbulo de nuestra Constitución cuando afirma que ella, aprobada a nombre del pueblo, en ejercicio de su poder soberano e inalienable, tiene el fin de “fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana”.
Lo reafirma el artículo primero de la Carta cuando define al Estado colombiano como Social de Derecho. Lo subraya el artículo segundo, expresando que sus finalidades esenciales consisten en “servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”.
Agrega la norma que “las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”.
No ocurre así. El actual no parece un Estado Social y Democrático de Derecho.
Por ejemplo, es muy grave que, entre Gobierno y Congreso, se haya hecho imposible la colaboración armónica prevista en el artículo 113 de la Constitución, para sacar adelante fórmulas de solución real, pronta y efectiva en materia de derechos y garantías. No solamente fracasa la función legislativa, sino que el Estado incumple su razón de ser y su función esencial.