Jurisprudencia. CONSEJO DE ESTADO. EL JUEZ PUEDE RECHAZAR LA PRACTICA DE PRUEBAS INNECESARIAS. Destacado

El juez puede rechazar la práctica de pruebas que considere que no serán útiles al proceso en virtud de sus poderes de dirección y en atención al principio de la economía procesal. Innecesario y dilatorio sería que el juez, a sabiendas que una prueba no es útil al proceso, la decretara.

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