Opinion (2214)

El Estado Social de Derecho que por mandato constitucional debe   promover el respeto de la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad y la prevalencia del interés general, se desvía de sus objetivos, cuando el ejecutivo insiste en imponer su interés, por encima de los principios constitucionales. 

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Argentina y México depositaron cada uno el 22 de enero del 2021 su instrumento de ratificación del Acuerdo de Escazú, adoptado en Costa Rica en el mes de marzo del 2018: de manera a saber cuáles son los diez Estados que ya lo habían hecho antes de Argentina y de México, remitimos a nuestros estimables lectores al estado oficial de firmas y ratificaciones de Naciones Unidas.

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En un Estado Social de Derecho, con un marco jurídico democrático y participativo, no se puede permitir, que los mecanismos de participación ciudadana, plasmados en la constitución y en la ley le sean suspendidos al pueblo Colombiano, que en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios determinaron establecerlos en los artículos  40 y 103 de la Carta Política de 1991. 

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Doy comienzo a esta columna expresando gran pesar por la muerte de personas que tuve ocasión de conocer y tratar, por las cuales mantengo una especial consideración y un gran aprecio: Marcela Monroy Torres -quien fuera Decana de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario (en esa condición me vinculó como catedrático de la misma) y decidida impulsora de la séptima papeleta y del proceso constituyente que condujo a la expedición de la actual Carta Política-; Carlos Holmes Trujillo -uno de los más brillantes delegatarios a la Asamblea Constituyente de 1991, con cuyos criterios me identifiqué muchas veces y, respetuosamente, no coincidí en muchas otras-; Julio Roberto Gómez Esguerra -importantísimo dirigente sindical, de cuya abnegada y constante tarea en defensa de los derechos y las garantías laborales fui testigo directo-; Héctor Fix-Zamudio -ilustre constitucionalista mexicano, ex magistrado y presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con quien intercambié ideas en provechosos eventos académicos y en cuyo homenaje tuve ocasión de participar en 2008 como uno de los autores del libro “Derecho Procesal Constitucional”, entonces publicado para celebrar sus 50 años como investigador del Derecho-. Personas todas ellas que no pasaron en vano. Que dejaron huella imborrable en la actividad pública, en la academia, en beneficio de la democracia. Descansen en paz, luego de haber prestado a la sociedad invaluables servicios. 

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