Diccionario Juridico: Insignia

 
 
En términos generales puede afirmarse que la voz insignia es equivalente a emblema, enseña, señal, distintivo honorífico y probablemente existen en la lengua española, media docena más de sinónimos. Se origina en el vocablo latino del mismo nombre insignia y ha conservado su significación a través de las edades. Constituyó el pendón, estandarte o bandera de una legión romana. Puede estar representada igualmente por una imagen o medalla de una hermandad o cofradía religiosa además de una institución laica, civil o patriótica, que de todas estas maneras se la conoce.
 
En los ejércitos griego y romano se empleaba esta palabra –insignia- para designar ciertas señales distintivas de una fracción de tropas, destinadas a simbolizar su crédito y honor, y que servían, además, para indicar el punto de reunión de sus dispersos elementos y ciertas órdenes del jefe para la ejecución de determinados movimientos.
 
Estas insignias tenían diversas formas, y sus portadores solían ser dos por cada cohorte a fin de que si uno de ellos caía en la lucha, no quedase la tropa sin estandarte en torno del cual pudiese reunirse. Como más tarde, realizaron en parte esta misión los estandartes y banderas, se empleó en este sentido la palabra insignia.
 
El tema tiene repercusiones por supuesto en el tema militar, y también en el derecho penal, en las formas protocolares de todos los pueblos organizados en estados, existen una serie de insignias y distintivos del poder y de la autoridad de las más variadas estructuras. Desde el cetro y la corona que particularizan a los emperadores y monarcas a través de toda la historia humana, hasta las banderas, estandartes, escarapelas que son atribuidas por los regímenes republicanos a quienes los representan, sin excluir las bandas que en formas de cintas con los colores nacionales ciñen en sus pechos los gobernantes más democráticos, la noción de poder ha venido acompañada, invariablemente, de algún atributo exterior.
 
Pero no solamente en la persona de los mandatarios, monárquicos, cesaristas o republicanos se advierten las insignias del poder, sino en los servicios públicos, en los barcos de la flota, en los ejércitos, en las flotas marítimas y aéreas, en las exteriorizaciones de las tropas, brillan allí los colores nacionales y las insignias constituyen -inclusive en los encuentros deportivos-, un atributo importante sino irreemplazable.
 
Veamos su importancia en el derecho penal.
 
Según el penalista Bernaldo de Quirós, español,  se conceptúa como insignia la señal, el distintivo y la divisa honorífica. El uso público de ella por parte de quien no tiene derecho a ostentarla está castigado en el fuero común. En todos los códigos penales del mundo, existen sanciones   para quien irrespeta el símbolo patrio, las banderas, los escudos, las insignias, los estandartes.
 
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