CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA. Destacado

29 May 2015
Valora este artículo
(3 votos)
1931 veces
Responsable abogado que contratado para iniciar el proceso de liquidación de herencia en notaria, recibió los honorarios y el dinero de gastos notariales y, se limitó a presentar los documentos   abandonando durante casi 5 años el trámite para el que fue contratado, lo que ocasionó que los bienes del causante se arruinaran. De conformidad con el numeral 2 del artículo 55 del Decreto 196 de 1971, en concordancia con el numeral 1 del artículo 37 de la Ley 1123 de 2007: “Incurre en falta a la debida diligencia profesional: 1,- Demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actuación profesional, descuidarlas o abandonarlas”.
 
Haga click acá para leer el texto en PDF.
 
 
La Voz del Derecho

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.