DICCIONARIO JURÍDICO: DIÓCESIS.

 
La alocución diócesis proviene del latín dioecésis y del griego dioekesis que deriva de dioikein esto es administrar. En el imperio romano en efecto se denominaban diócesis en sentido lato, las grandes divisiones administrativas y más específicamente el distrito judicial que, encabezado por un vicario o subprefecto se comprendía dentro de la circunscripción mayor llamada provincia que presidía un prefecto. La iglesia en los primeros tiempos calcó su propia organización administrativa de aquella civil y por eso se estructuró sobre la base de jurisdicciones territoriales que se nombraron diócesis encabezadas por un obispo agrupándose a su vez tales diócesis en provincias eclesiásticas regidas por un arzobispo metropolitano más adelante bien que conservando dicha división la iglesia se despreocupó de que coincidieran sus límites administrativos con aquellos de la administración civil. 
 
Este principio de independencia fue claramente expuesto por el Papa Nicolás Primero a comienzos del siglo V. Entonces puede definirse la diócesis como la comunidad de fieles perfectamente organizada regida por un Obispo como pastor propio con potestad ordinaria bajo la autoridad del romano pontífice. La diócesis, así pues, es la iglesia en miniatura. La comunidad diocesana se compone del obispo, de los demás clérigos a él sujetos, de los religiosos no exentos y de los fieles ubicados dentro del territorio respectivo. En este territorio se consideran comprendidos incluso los lugares exentos pues el obispo posee allí una jurisdicción, los visita, puede oficiar de pontifical en ellos, consagra sus iglesias, etc.
 
La diócesis es una persona moral eclesiástica y goza del privilegio de ser juzgada por los tribunales en la sede apostólica, desde luego en el ámbito de la iglesia católica y muy aparte de lo que corresponde a la jurisdicción civil, penal, ordinaria, porque en los estados, especialmente en los estados en que no hay una unión entre la iglesia y el estado, los estados laicos, pues definitivamente una cosa es lo que se dispone respecto a la iglesia y otra muy diferente lo que toca con la jurisdicción estatal que administra justicia exclusivamente a nombre del estado.
 
Modificado por última vez en Martes, 22 Diciembre 2015 08:27
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