Opinión: LA ESCORIA DE LA POLÍTICA. Oscar Eduardo Borja Destacado

Opinión: LA ESCORIA DE LA POLÍTICA. Oscar Eduardo Borja Imagen: La Voz del Derecho

En reiteradas oportunidades el contenido crítico de mis escritos se lo he dedicado al alcalde de Cartagena, William Dau Chamat;  el cual describo, cómo el hombre de las buenas intenciones, el chabacano, grosero, hablador, inexperto, inepto y todos los calificativos peyorativos que se le puedan imputar al peor de los gobernantes. La sordera anal,  del alcalde es impresionante, pero también lo es la indiferencia y la ineptitud de los concejales del Distrito, la ausencia de compromiso, el incumplimiento a los deberes constitucionales que les imponen los artículos 312 y 313 de la constitución: 

“1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.

4. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.

5. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.

6. Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.

7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.

9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

10. Las demás que la Constitución y la ley le asignen. (Art. 313 Constitución Política de Colombia). La notoria desidia para cumplir sus funciones, los pone en peor situación que a nuestro chabacan alcalde.”

Es incomprensible que el Distrito de Cartagena se encuentre en tal grado de deterioro y abandono, cuando existen concejales que vienen desde pasadas administraciones ocupando su curul. Definitivamente el pueblo Cartagenero no ha sabido elegir a sus gobernantes, la mediocridad, la ineptitud, la falta de compromiso y de los deberes constitucionales, de los concejales son la prueba que Cartagena está dirigida por personajes dignos de ser llamados la escoria de la política.

 

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Modificado por última vez en Viernes, 14 Mayo 2021 18:50
Oscar Eduardo Borja Santofimio

Abogado especializado en Derecho constitucional y procesal de la Universidad Libre, radicado en la ciudad de Cartagena de Indias, fundador de la firma BORJA ASOCIADOS.   

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