Opinion (2215)

Es contradictorio, paradójico, incomprensible e inadmisible, que sea precisamente en centros educativos -no todos, por supuesto- en donde, traicionando los principios que se enseñan a los menores de edad y desconociendo postulados básicos de la educación -rectitud y pulcritud en la formación de la personalidad-, hayan tenido y tengan lugar comportamientos abusivos y propuestas indebidas de docentes, violencia, acoso sexual y pedofilia, como se ha venido denunciando últimamente en el país. Sin duda, estamos ante comportamientos aberrantes, por su misma definición, corruptos y delictivos. No pueden quedar impunes. Que se destruya a mansalva y sobre seguro la inocencia de un niño o de una niña de pocos años, o que se perturbe el normal desarrollo sexual de un adolescente, son conductas que la sociedad no puede ni debe perdonar. 

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En 1971, el dólar asestó el golpe mortal al patrón oro. Hoy, la todopoderosa divisa está bajo amenaza de las criptomonedas

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Reservas y explotación de minerales (Fuente: WhatsApp/anónimo).

Asumiendo que los datos son confiables, sirven como información general. A nivel técnico, se recomienda la confrontación puntual de cada dato

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A La Corte Constitucional Colombiana, se le ha confiado la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución Política. A su vez, tiene como principal  fundamento asegurar a los integrantes del pueblo colombiano, la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz. Es por ello, que la nota de prensa comunicada el día 21 de febrero del año 2022, por medio del cual permite la práctica del aborto sin penalización durante las primeras semanas de gestación, contrarían los fundamentos esenciales de la Constitución, en especial, la inviolabilidad del derecho a la vida, que contempla el artículo 11 de la Carta Política.

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