Opinión Online: SI DESAPARECES, ¿QUIÉN ME ENLISTA?. Oscar Eduardo Borja Santofimio.

El artículo 237 de la Constitución Política, dispone cuales son las atribuciones del Consejo de Estado, “Desempeñar las funciones de tribunal supremo de lo contencioso administrativo, Conocer de las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno Nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional. Actuar como cuerpo supremo consultivo del Gobierno en asuntos de administración, debiendo ser necesariamente oído en todos aquellos casos que la Constitución y las leyes determinen. En los casos de tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional, de estación o tránsito de buques o aeronaves extranjeros de guerra, en aguas o en territorio o en espacio aéreo de la nación, el gobierno debe oír previamente al Consejo de Estado. Preparar y presentar proyectos de actos reformatorios de la Constitución y proyectos de ley. Conocer de los casos sobre pérdida de investidura de los congresistas.” 
 
El Consejo de Estado es el máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo y órgano consultivo del Gobierno. Se divide en cinco secciones y una Sala de Consulta y Servicio Civil y está integrado por 31 magistrados que son nombrados por la Sala Plena del Consejo de Estado, DE LISTAS ENVIADAS POR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. 
 
En estos momentos el Consejo Superior de la Judicatura es un enfermo terminal, que tiene los días contados, su desaparición está justificada en su ineptitud, en el exagerado presupuesto que genera su funcionamiento, sin dejar de recordar los escándalos por carrusel de pensiones y viajes.
 
Lo curioso es que en días recientes fue noticia que el magistrado NESTOR RAUL CORREA, fue visto, en el Congreso haciendo caritas para obtener la salvación de este elefante superior de la sirvengüenzura,  a los pocos días el Consejo de Estado absuelve a  los entonces senadores Jesús Ignacio García, Eduardo Enríquez Maya, Juan Carlos Restrepo, Juan Manuel Corzo, Luis Fernando Duque y Martín Emilio Morales y los representantes Alejandro Carlos Chacón Camargo, Germán Varón Cotrino, Carlos Edward Osorio, Gustavo Puentes Díaz, Orlando Velandia Sepúlveda y Roosvelt Rodríguez Rengifo, congresistas,  que fueron demandados, por los beneficios o 'micos'   introducidos en el texto que salió de la comisión de conciliación, de la fallida  Ley de reforma a la justicia, y que luego fue objetada por el presidente Juan Manuel Santos. (Lo único bueno que ha hecho durante su pésimo gobierno).
 
La impunidad cuando se trata de juzgar a quienes tienen poder, es regla de oro en el estado social de cohecho, lógico, no puedo ajusticiar a quienes deben votar si desaparece el Consejo Superior de la Judicatura, porque el Consejo Superior de la Judicatura no puede desaparecer, porque ¿quién carajos va a hacer la lista para que la sala plena siga escogiendo los magistrados del Consejo de Estado?  Esta desaparición seria el caos para los padres de lo contencioso administrativo.
En resumen si desaparece ¿quién me elige?  Yo estoy en problemas entonces no puedo quitarle la investidura a quien debe definir la suerte de quien me elije. Debo tratar con benevolencia a quienes les puedo quitar la envestidura, porque ellos son los que pueden eliminar a quien me mete en lista. Si el Congreso elimina al Consejo Superior de la Judicatura, quien hará las listas para el Consejo de Estado. 
 
Quedo claro, favor, absolución y no hay desaparición. ESTO ES EL ESTADO SOCIAL DEL COHECHO.
 
Oscar Eduardo Borja Santofimio

Abogado especializado en Derecho constitucional y procesal de la Universidad Libre, radicado en la ciudad de Cartagena de Indias, fundador de la firma BORJA ASOCIADOS.   

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